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El proceso de personas que necesitan supervisión (PINS)

¿Qué es una petición PINS?

Personas que necesitan supervisión, o PATAS, es un término utilizado para describir a un niño menor de 18 años que ha cometido un delito de estatus. Ejemplos de delitos de estatus son huir, consumir marihuana o faltar a la escuela.

Una petición PINS es una solicitud por escrito que solicita al Tribunal de Familia que participe cuando otros esfuerzos para controlar a un niño han fracasado.

¿Quién puede presentar (pedir) uno?

La mayoría de las peticiones PINS son presentadas por los padres o cuidadores de un niño. Pero los funcionarios escolares, los agentes de policía, las personas heridas por el niño o el Administración de Servicios para Niños (ACS) También puede presentar una petición PINS.

¿Cómo inicio un caso PINS?

Antes de poder iniciar un caso PINS en la corte, DEBE trabajar primero con el Programa de Evaluación Familiar (FAP). Solo puede iniciar un caso PINS cuando FAP le informa que ya no pueden ayudarlo. En ese momento, para iniciar un caso, debe presentar una petición PINS en la Sala de Peticiones del Tribunal de Familia.

¿Qué es el Programa de Evaluación Familiar (FAP)?

FAP es administrado por ACS en asociación con el Departamento de Libertad Condicional (DOP). A la FAP a veces se le llama servicios de desvío o desvío. FAP intenta ayudar a las familias a solucionar sus problemas sin tener que acudir a los tribunales. A la FAP también se la denomina a veces “agencia líder designada”.

¿Qué pasa si mi hijo se ha escapado?

Si su hijo se ha fugado, puede pedirle al tribunal que emita una orden judicial. Después de que el juez emita la orden, la policía buscará a su hijo. Cuando encuentren a su hijo, lo llevarán ante el tribunal de inmediato. Para obtener una orden judicial, debe presentar una petición PINS indicando que desea una. Si necesita una orden PINS, NO es necesario que acuda primero a la FAP. Dependiendo de dónde se encuentre, es posible que primero deba presentar un informe de persona desaparecida. Es posible que tengas que llevar el informe a la FAP. Una vez que encuentren a su hijo, es posible que tenga que acudir a FAP para recibir servicios.

¿Qué pasa si la FAP no puede ayudar?

Según ciertos criterios, el trabajador de la FAP derivará su caso al DOP. Cada uno decidirá si puede o no iniciar un caso PINS.

¿Qué puede pasar si voy a la corte?

En los tribunales pueden pasar diferentes cosas:

  • Usted y su hijo pueden estar de acuerdo en que una estadía corta en un hogar de crianza (generalmente en un hogar grupal) es lo mejor para todos.
  • Usted y su hijo pueden estar de acuerdo en que resolver los problemas en casa es lo mejor para todos.
  • Es posible que usted y su hijo no estén de acuerdo sobre qué es lo mejor. Cuando esto sucede, el juez puede seleccionar una fecha para una audiencia de causa probable o un audiencia de investigación de hechos. Una audiencia es un procedimiento ante un tribunal.
  • El juez puede devolver el caso a la FAP.

¿Qué es una audiencia de causa probable?

Se programa una audiencia de causa probable cuando un juez necesita decidir si su hijo debe quedarse en otro lugar hasta la audiencia de investigación de hechos. Un juez que crea que su hijo podría no presentarse a la audiencia de investigación puede ordenar que su hijo permanezca en un instalación no segura hasta la próxima cita judicial. Una instalación no segura es un lugar donde su hijo no está encerrado.

¿Qué es una audiencia de determinación de hechos?

Una audiencia de determinación de hechos es un juicio. En este juicio, usted debe demostrar ante el tribunal que su hijo hizo lo que usted dijo que hizo en la petición PINS. Usted será capaz de testificaro contarle al tribunal lo sucedido y presentar a otros evidencia. La evidencia es la información que la gente le da al tribunal para probar su caso.

En la audiencia de determinación de hechos, el juez puede:

  • Decide que tu hijo hizo lo que le dijiste. Si esto sucede, el juez fijará una fecha para una audiencia disposicional.
  • Desechar el caso.

¿Qué es una audiencia de disposición?

Una audiencia de disposición es cuando un juez decide qué sucederá con su hijo como resultado del caso PINS. Esto incluye dónde vivirá su hijo durante los próximos 12 meses o menos. El juez también decide qué servicios recibirá su hijo. El juez firmará una orden que hace una de las siguientes cosas:

  • Le da a su hijo un sentencia suspendida. Esto puede incluir cosas que su hijo debe o no debe hacer. Si su hijo hace lo que dice el juez, el caso puede ser desestimado.
  • Pone a su hijo en libertad condicional. Esto significa que su hijo debe reunirse con un oficial de libertad condicional y seguir ciertas reglas.
    Coloca a su hijo en un hogar grupal, un hogar de crianza o alguna otra instalación no segura. Esto puede suceder si usted no quiere que su hijo regrese a casa o si el niño no quiere volver a casa. Si el juez coloca a su hijo en una instalación no segura, un hogar grupal o un hogar de acogida, es posible que usted sea responsable de mantenerlo financieramente. Esto significa que se puede iniciar un caso de manutención infantil en su contra.
  • Aplaza el caso en previsión de sobreseimiento (ACD) hasta por seis meses. Si todo está bien durante ese período, el caso será desestimado.

Tenga en cuenta: PINS no es lo mismo que un la delincuencia juvenil proceder. No crea antecedentes penales. Su hijo no puede ser internado en un centro seguro o cerrado con llave como resultado de un caso PINS.

Recuerde: Su hijo no puede ser encerrado ni enviado a un “campo de entrenamiento” como resultado de un caso PINS.

¿Qué pasa si mi hijo no sigue la orden?

Si su hijo no sigue la orden, la persona que inició el caso PINS puede presentar una demanda petición de violación en el Juzgado de Familia. El tribunal podrá entonces celebrar una nueva audiencia de disposición. En esta audiencia el juez puede cambiar la orden.

¿Puedo seguir usando FAP después de haber presentado una petición PINS?

Por lo general, la FAP ayudará en cualquier momento. Cuando el caso está ante un juez, el juez generalmente remitirá el caso a la FAP, si eso es lo que la familia necesita. Sin embargo, a veces la FAP no trabaja con una familia si la familia está siendo investigada por abuso o negligencia.

¿Se puede iniciar un procedimiento de abuso y negligencia en mi contra si inicio un caso PINS?

Sí, si el tribunal determina que el comportamiento de su hijo fue el resultado de algo que usted hizo y que podría considerarse abuso o negligencia. Para obtener más información, consulte la guía de Family Legal Care “Derechos y responsabilidades de los procedimientos de protección infantil.”

Tenga en cuenta que los trabajadores de la FAP son informantes obligatorios. Los informantes obligatorios deben denunciar cualquier abuso o negligencia que tengan motivos para creer que está ocurriendo.

¿Puedo tener un abogado?

La persona que presenta la petición PINS NO tiene derecho automático a un abogado designado por el tribunal. Sin embargo, si su hijo puede ingresar en cuidado de crianza, el juez PUEDE asignarle un abogado para que lo ayude con el caso. Si el juez no le asigna un abogado, podrá contratar uno.

¿A mi hijo se le asigna un abogado?

Sí. El tribunal DEBE nombrar un abogado, llamado guardián de la ley, o abogado del niño, para representar a su hijo.

¿Qué más puedo hacer para que mi hijo reciba ayuda?

Asesoramiento y mediación son maneras de ayudar a su hijo. El asesoramiento es cuando un trabajador social u otra persona que entiende a los niños habla con ellos. La mediación es cuando alguien les ayuda a usted y a su hijo a encontrar una manera de llevarse bien. Si utiliza asesoramiento o mediación en lugar de un juicio, no habrá expediente judicial. Comuníquese con FAP para conocer estos servicios.

Ubicaciones del Programa de Evaluación Familiar (FAP)

Brooklyn
345 calle Adams, octavo piso
Brooklyn, Nueva York 11201
718-260-8550

Bronx
260 E 161st Street, subnivel
Bronx, Nueva York 10451
718-664-1800

manhattan
Tribunal de Familia del Condado de Nueva York
60 Calle Lafayette – 2do piso
Nueva York, Nueva York 10013
(212) 341-0012

reinas
Tribunal de Familia del Condado de Queens, 4.º piso
151-20 Avenida Jamaica
Jamaica, Nueva York 11433
(718) 725-3244

Isla de los Estados
350 St. Mark's Place, quinto piso
Staten Island, Nueva York 10301
718-720-0418

Este documento no debe reemplazar una consulta con un abogado. Family Legal Care alienta a todas las personas involucradas con los sistemas de tribunales penales y de familia a consultar con un abogado.

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