Esta información es aplicable en los siguientes condados de Nueva York: Onondaga, Oneida, Jefferson, Herkimer, Oswego y Lewis.
Conceptos básicos de custodia y visitas – 5to Distrito Judicial
¿Qué es la custodia?
Tener custodia significa estar a cargo de alguien. Hay dos tipos de custodia: física y legal. La misma persona suele tener la custodia física y legal, pero no siempre.
Custodia física Es cuando un adulto es responsable de un niño y lo cuida la mayor parte del tiempo. Normalmente el niño vive con este adulto.
Custodia legal es cuando un adulto tiene la responsabilidad de tomar decisiones importantes –como decisiones médicas o religiosas– sobre la vida de un niño.
¿Quién tiene la custodia de un niño si no hay orden judicial?
A menos que un tribunal tome otra decisión, los padres tienen los mismos derechos a la custodia física y legal del niño.
¿Qué es la custodia compartida?
En el Tribunal de Familia, la custodia compartida generalmente se refiere a custodia legal compartida. Significa que ambos padres deben estar de acuerdo en las decisiones importantes que se toman sobre sus hijos. Comparten esta responsabilidad independientemente de cuál de los padres viva con los niños. El tribunal rara vez concede la custodia física compartida. Generalmente uno de los padres tendrá la custodia física y el otro padre tendrá la visitación. Las visitas significan que usted puede ver a su hijo durante ciertos momentos. Esta división entre visitas y custodia física a veces se denomina tiempo de crianza compartido.
¿Cómo presento (pido) la custodia o el régimen de visitas?
Presentas una petición para la custodia o una petición de visitas en el condado donde el niño ha vivido durante los últimos seis meses. Una petición es una solicitud por escrito. Los jueces suelen tomar decisiones sobre la custodia y las visitas al mismo tiempo. Las decisiones de custodia y visitas se pueden tomar en el Tribunal de Familia o en el Tribunal Supremo. Los casos generalmente comienzan en el Tribunal de Familia, a menos que los padres estén en medio de un divorcio. Si los padres tienen un caso de divorcio en curso, la custodia normalmente se decidirá en la Corte Suprema junto con el divorcio.
A veces, los casos de custodia y visitas son escuchados por un árbitro. Los árbitros son similares a los jueces. Toman decisiones sobre la custodia y las visitas. Los árbitros no conocen de casos que involucran órdenes de protección. En esta guía, todo lo que decimos sobre los jueces es válido para los árbitros, a menos que el caso involucre una orden de protección.
¿Tengo que ir a la corte para obtener la custodia o las visitas?
No. Muchas veces los padres pueden llegar a un acuerdo sin acudir a los tribunales. A menudo utilizan la mediación. La mediación es cuando alguien llamado mediador ayuda a usted y al otro padre a llegar a un acuerdo. Sin embargo, la mediación no es una buena idea cuando ha habido violencia doméstica. Si está interesado en la mediación, pregúntele a un miembro del personal de Family Legal Care el nombre de un centro cercano a usted.
Más información sobre cómo acudir a la corte para obtener la custodia o las visitas
A veces, el tribunal lo enviará a mediación después de comenzar su caso. Si eso sucede, el mediador puede ayudarle a tomar una decisión sobre su situación. Si puede llegar a un acuerdo, puede informarle al juez de qué se trata. Si el juez está de acuerdo con usted, puede convertirlo en una orden.
¿Quién puede solicitar la custodia?
Cualquiera que desempeñe un papel importante en la vida del niño puede solicitar la custodia al tribunal. No es necesario ser padre del niño. Pero el juez revisar, o mirar el caso de manera diferente si no eres padre. De esto se hablará más adelante en la guía.
¿Por qué debería solicitar la custodia?
Hay muchas razones por las que es posible que desee iniciar un caso de custodia. Aquí hay algunas razones comunes:
- Si no vives con tus hijos y quieres
- Si cree que sus hijos están sufriendo daño donde viven ahora o están en peligro de sufrir daño
- Si no está casado con el otro padre y quiere que un tribunal diga cuáles son sus derechos
Soy padre. ¿Cómo decidirá un juez la custodia de mi hijo?
Cuando dos padres biológicos quieren la custodia, un juez debe determinar qué hay en el mejores intereses de los niños. El juez considerará muchas cosas al resolver esto. El caso no se decidirá en función de quién ama más al niño o quién tiene más dinero. El juez no favorece a la madre sobre el padre, incluso si el caso involucra a un niño pequeño. El juez examinará quién ha sido la principal persona que ha cuidado al niño hasta el momento.
Como parte del proceso, el juez puede ordenar que se redacte un informe. Un trabajador social del Departamento de Servicios Sociales local visitará los hogares de ambos padres y redactará un informe para el juez sobre cómo eran los hogares y con quién habló el trabajador social.
Tenga en cuenta: aunque el trabajador social sea del Departamento de Servicios Sociales, eso no significa que alguien haya dicho que usted ha lastimado a sus hijos.
¿Mi hijo podrá opinar sobre quién obtiene la custodia?
A la mayoría de los niños se les da un abogado (abogado) por el tribunal para representarlos en los casos de custodia. El abogado se llama guardián de la ley o abogado del niño. El trabajo del tutor legal es decirle al juez lo que quiere el niño. Si el niño tiene edad suficiente para decir lo que quiere, tendrá mucha importancia. Sin embargo, el tribunal y el tutor legal querrán estar seguros de que es lo que el niño realmente quiere, no lo que uno de los padres le ha pedido que diga. Es muy importante que no le digas a un niño qué decir.
¿Qué pasa si las cosas cambian después de que el juez dicta una orden?
A veces las cosas cambian después de que el tribunal dicta una orden de custodia o visitas. Eso se llama un cambio de circunstancias. Si esto sucede, puede presentar una petición para modificar la orden anterior. Modificar significa cambiar. El juez conocerá el caso y podrá dictar una nueva orden.
No soy padre. ¿Cómo decidirá un juez la custodia del niño?
Cuando un juez decide un caso de custodia entre un padre y alguien que no es padre, se considerarán cosas diferentes. En primer lugar, el juez decidirá si existen circunstancias extraordinarias. Ejemplos de algunas circunstancias extraordinarias son: cuando un tribunal ha determinado que ha habido abuso o negligencia; el niño ha sido perjudicado por la violencia doméstica continua; o cuando hay abuso de sustancias en el hogar de los padres. También podría significar que la persona que no es padre (una persona que no es padre) ha estado cuidando al niño durante mucho tiempo. Se considera automáticamente una circunstancia extraordinaria si un abuelo lleva dos años cuidando a un niño.
Si concurren circunstancias extraordinarias, el juez decidirá lo que sea más conveniente para el interés superior del niño. Si no concurren circunstancias extraordinarias, el juez otorgará la custodia al padre biológico.
No quiero la custodia, pero quiero ver a mi hijo. ¿Cómo hago esto?
Si no desea la custodia, pero desea visitar a su hijo, debe presentar una petición de visita. El tribunal casi siempre permitirá que uno de los padres visite al niño.
¿Por qué el tribunal NO permitiría que un padre visite a un niño?
Si hay evidencia mostrando que sus visitas pondrán al niño en peligro (lastimarán al niño). La evidencia es información presentada al tribunal para probar un caso. Ejemplos de cosas que el tribunal podría considerar peligrosas son los problemas con las drogas o el alcohol, un historial previo de abuso sexual del niño o la exposición de un niño a la violencia doméstica.
A menudo, si el tribunal cree que el niño estaría en peligro, ordenará visitas supervisadas. Esto significa que alguien más está allí para observar mientras visita al niño. Esto puede ser en una agencia o por una persona que ambos padres estén de acuerdo.
¿Puedo visitar a mi hijo si está en cuidado de crianza?
Sí. Los padres tienen derecho a visitar a sus hijos al menos una vez cada dos semanas si los niños están en cuidado de crianza. Sin embargo, si se han rescindido los derechos de los padres, éstos no tienen derecho a visitar al niño. Para obtener más información, consulte la guía de Family Legal Care, “Terminación de la patria potestad.”
¿Puedo solicitar visitas a un niño si no soy el padre?
Los abuelos y hermanos pueden solicitar visitas a los niños. El juez ordenará visitas si circunstancias especiales han llevado a que la persona no pueda visitar al niño y si es en el interés superior del niño.
El siguiente es un ejemplo de una circunstancia especial: usted es abuelo y su hijo murió. Antes de que muriera su hijo, usted veía a su nieto con frecuencia. Ahora nunca verás a tu nieto.
¿Qué pasa si hay una orden de protección y una orden de visitas?
Muchas veces el tribunal ordenará que el niño sea recogido y dejado en una comisaría o en algún otro lugar seguro para que los padres no tengan contacto entre sí.
Si el tribunal cree que ha habido violencia doméstica en el hogar y que el niño estaría en peligro físico o emocional al pasar tiempo a solas con la persona, el juez también puede ordenar visitas supervisadas.
Si el padre sin custodia no paga la manutención de los hijos, ¿puedo suspender las visitas?
No. La manutención de los hijos y las visitas son asuntos separados. Los tribunales creen que lo mejor es que los niños pasen tiempo con ambos padres.
De hecho, un juez puede castigar a un padre que impide las visitas del otro padre sin permiso del tribunal. Muchas veces el juez mantendrá las visitas, independientemente de si el padre paga o no la manutención de los hijos.
¿Qué puedo hacer si el otro padre no sigue la orden de visitas?
Puedes presentar una petición de violación En la corte. Esto le permite al juez saber qué ha ido mal. Algunos ejemplos de violaciones son: faltar a visitas, llegar tarde a las visitas, actuar de manera inapropiada con el niño durante las visitas y traer al niño tarde. A veces un juez aumentará o disminuirá las visitas como resultado de la infracción. En algunos casos, el juez suspenderá todas las visitas. En otros casos, el juez podría incluso cambiar la custodia.
¿Puedo elegir quién quiero que cuide a mis hijos si me pasa algo?
Sí. En el estado de Nueva York puedes designado, o nombrar, a alguien para que cuide a sus hijos si usted está enfermo y no puede hacerlo. La persona que usted designe se llama guardián de reserva. Los tutores de reserva pueden ser amigos o familiares. No es necesario estar enfermo para designar un tutor de reserva. No renuncia a la custodia cuando designa un tutor de reserva.
Puede designar un tutor suplente presentando una petición en el Tribunal de Familia o en el Tribunal Sustituto. También hay un formulario especial que puede completar y que le permite designar temporalmente a una persona para que cuide a sus hijos sin tener que acudir primero a la corte. Esta forma se llama Designación de Persona en Parentesco Parental.
Este documento no debe reemplazar una consulta con un abogado. Family Legal Care alienta a todas las personas involucradas con los sistemas de tribunales penales y de familia a consultar con un abogado.