Esta información ha sido adaptada para los siguientes condados de Nueva York: Allegany, Cattaraugus, Chautauqua, Erie, Genesee, Niagara, Orleans y Wyoming.
Entrega de documentos judiciales – 8.º Distrito Judicial
¿Por qué debo entregar los documentos judiciales?
Para iniciar un caso en el Tribunal de Familia, debe presentar una petición (pe-TI-shun). Una petición es cuando le pide al tribunal que tome una decisión sobre algo. La persona que inicia un caso se llama peticionario. La persona del otro lado del caso se llama demandado (demandado). Después de presentar una petición, se debe informar al demandado sobre el caso.
Para ello, entregue los documentos judiciales directamente al demandado. Se llama servicio personal. También se le puede llamar dar al encuestado aviso del caso. El tribunal tiene reglas muy estrictas sobre cómo entregar los documentos. Si los documentos no se entregan correctamente, su caso no avanzará.
Consulte con el secretario del tribunal de familia local qué tipo de servicio se necesita para su petición.
¿Quién puede entregar los papeles?
NO se le permite entregar personalmente documentos en su propio caso. Cualquier persona mayor de 18 años puede entregar documentos, excepto el peticionario o el demandado en su caso. La persona puede ser un amigo, un familiar o cualquier otra persona. También puede contratar a un profesional para que le entregue los documentos. Están enumerados en la guía telefónica en Process Servers. La Oficina del Sheriff también entregará documentos pagando una tarifa.
¿Cuándo se pueden entregar los documentos?
Con carácter general, todos los trabajos se pueden entregar cualquier día de la semana excepto el domingo. Deben entregarse al menos ocho días antes de la fecha del juicio.
Una petición que incluye una orden de protección se puede entregar cualquier día de la semana, incluso el domingo, en cualquier momento.
Debe entregarse al menos 24 horas antes de la fecha del juicio.
Ciertos documentos, como una orden para demostrar causa, pueden incluir instrucciones específicas del juez sobre cuándo y cómo deben entregarse. Debes seguir estas instrucciones exactamente.
¿Puedo iniciar un caso si no sé dónde está el demandado?
Sí. Tendrá tiempo para intentar encontrar al demandado o contratar a un notificador para que busque al demandado y le entregue los documentos.
¿Qué pasa si no puedo encontrar al encuestado?
Si llega la fecha de la audiencia y no ha podido entregar los documentos, debe darle al juez una lista escrita de todas las formas en que intentó entregar los documentos al demandado. La lista debe incluir fechas y lugares donde intentó notificar al demandado. Los lugares pueden incluir el hogar, el lugar de trabajo o la escuela del encuestado, o cualquier otro lugar donde crea que pueda estar el encuestado. El juez puede fijar una nueva fecha para el caso y pedirle que siga intentándolo. O el juez puede decirle que puede entregar los documentos de otra manera. Se llama servicio alternativo.
¿Cuáles son otras formas de entregar documentos?
El servicio alternativo podría ser:
• Notificar a una persona que trabaja con el demandado quien le entregará los documentos
• Entregar a alguien en la casa del demandado quien le entregará los documentos
• Colocar un anuncio en un periódico.
• Adjuntar los documentos a la puerta de entrada del demandado.
El juez puede decirle cómo notificar al demandado. Debe notificar al demandado de la manera que el juez se lo indique. No puede servir de ninguna de estas maneras si el juez no le da permiso.
Cuando utilice el servicio alternativo, también deberá enviar una copia de los documentos por correo certificado/acuse de recibo solicitado hasta la última residencia que pueda encontrar para el encuestado. La oficina de correos le dirá cómo hacerlo. Esto es muy importante. Si el demandado no se presenta en la próxima cita judicial, puede entregarle al tribunal una copia del recibo de correo certificado firmado por el demandado para demostrar que recibió los documentos. Esta prueba, combinada con una de las formas de notificación mencionadas anteriormente, puede permitir que su caso avance.
¿Qué es una declaración jurada de entrega?
Un Declaración jurada de servicio es una hoja de papel que muestra al tribunal que usted recibió los documentos de la manera correcta. La declaración jurada debe incluir la siguiente información:
• Cuando se entregaron los papeles
• Dónde se entregaron los documentos
• ¿A quién se le entregaron los documentos?
• Una descripción física de la persona a la que se le entregaron los documentos.
• El nombre y dirección de la persona que entregó los documentos.
Si entrega los documentos por correo, la declaración jurada debe indicar desde dónde se enviaron los documentos y adónde se enviaron.
Si los papeles se envían por correo certificado, deberá adjuntar el recibo de correo certificado a su declaración jurada.
La Declaración Jurada de Notificación debe ser notariado. Esto significa que la persona que entrega los documentos debe firmar la declaración jurada ante un notario público.
Tenga en cuenta: la persona que recibe la notificación no firma la Declaración jurada de notificación.
¿Qué hago con la Declaración Jurada de Notificación?
Debe entregar la Declaración jurada de entrega ORIGINAL al juez cuando vaya al tribunal. También debe hacer una copia de la declaración jurada y conservarla con el resto de sus documentos judiciales.
Esta declaración jurada es la única prueba que el tribunal aceptará de que se notificó al demandado. Le muestra al tribunal que el demandado conoce el caso y sabe qué día se espera que esté en el tribunal. Sin la Declaración Jurada de Notificación original, su caso no avanzará.
¿Qué es un notario público y dónde puedo encontrarlo?
A notario público, o notario, es alguien que observa a las personas firmar sus nombres en documentos oficiales y obtiene pruebas de que estas personas firman con sus nombres reales.
Algunos notarios tienen oficinas cerca de los juzgados. Muchos bancos, despachos de abogados y farmacias tienen notario. Un notario puede cobrar una tarifa de hasta $2 por cada firma.
¿Cómo entrego una orden de protección?
para servir un orden de protección, vaya a la comisaría de policía más cercana a donde vive el demandado o a la Oficina del Sheriff del condado donde vive el demandado. Un oficial de policía o alguacil le entregará los documentos de orden de protección de forma gratuita. Pídale al oficial de policía o al sheriff la declaración jurada especial que deben firmar.
Tenga en cuenta que una orden de protección temporal no funciona hasta que se haya entregado.
¿Qué pasa si no me atendieron adecuadamente?
Si no recibió la notificación judicial correctamente, pero sabe cuándo es la fecha de la audiencia, tiene algunas opciones.
• Si está listo para seguir adelante con su caso, puede ir al tribunal en la fecha programada y decírselo al juez. El juez puede pedirle que acepte la notificación en la sala del tribunal. El juez escuchará su caso ese día.
• Si no está preparado, puede acudir al tribunal en la fecha programada y pedirle al juez que fije otra fecha de audiencia más adelante. El juez puede pedirle que acepte la notificación en la sala del tribunal.
• Si desea que se le entregue la notificación de la manera correcta, puede acudir al tribunal y decirle al juez que no se le notificó correctamente. Puede pedirle al juez que celebre una audiencia para determinar si recibió la notificación adecuada o no. Si el juez decide que usted no recibió la notificación legal de la manera correcta, podría ordenar que se le notifique nuevamente.
• Si está seguro de que no recibió la notificación legal de la manera correcta, no tiene que comparecer ni presentarse ante el tribunal. Pero sólo para estar seguro, si no va a la corte en una fecha programada, consulte el expediente judicial. Quiere estar seguro de que no se tomaron decisiones cuando usted no estaba allí.
Este documento no debe reemplazar una consulta con un abogado. Family Legal Care alienta a todas las personas involucradas con los sistemas de tribunales penales y de familia a consultar con un abogado.