Sí. Un niño indocumentado puede recibir Estatus Especial Para Jóvenes Inmigrantes (“Special Immigrant Juvenile Status,” en inglés), o SIJS, aplicando con USCIS. SIJS es una manera para que algunos jóvenes inmigrantes reciban su residencia permanente. Los requisitos incluyen:
- El niño tiene que estar en cuidado de crianza a largo plazo o en una situación de tutela o adopción.
- El niño tiene que haber sido abusado, abandonado o descuidado e incapaz de volver a vivir con sus padres.
- Tiene que ser en el mejor interés del niño quedarse en los Estados Unidos.
- El niño tiene que ser soltero y menor de 21 años de edad cuando USCIS tome una decisión sobre su aplicación.
Para demostrar los detalles anteriores, el niño necesita una orden escrita de la Corte de Familia o una declaración jurada (“affidavit,” en inglés) de los Servicios para Niños de la Cuidada de Nueva York (“New York City Children’s Services” en inglés). Servicios para Niños de la Cuidada de Nueva York que antes se llamaba la Administración de Servicios para los Niños, o ACS. Una declaración jurada es un documento legal escrito.
Por favor note: El niño no se puede casar, no puede tener ciertas convicciones criminales, salir fuera del país sin permiso, o tener ciertos asuntos criminales. Niños en cuidado de crianza tienen que quedarse en el cuidado mientras USCIS tome decisiones sobre sus aplicaciones.
Si los niños no son elegibles para SIJS todavía es posible que el niño pueda obtener un “green card”, o tarjeta de residencia. Pueden ser patrocinados por un pariente o sus padres adoptivos. En muchos casos la adopción tiene que ocurrir antes de que un niño cumpla 16 años. También pueden obtener un “green card”, o tarjeta de residencia, por asilo político o por matrimonio con un ciudadano estadounidense o un residente permanente legal.
Aplicaciones deben ser presentadas lo más pronto posible dado que el proceso puede durar mucho tiempo. Es especialmente importante porque el niño puede perder su elegibilidad cuando cumpla 21 años.