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Padres en la Corte de Familia: Paternidad & Más

¿Qué es paternidad?

La paternidad es el estatus legal de ser un padre. Estableciendo la paternidad (“establishing paternity,” en inglés) es comprobando que alguien sea el padre legal de un hijo.

¿Cómo establezco la paternidad?

La paternidad se puede establecer de tres maneras:
  1. Si usted está casado con la madre cuando nace el hijo, usted se conoce como el padre legal automáticamente. Usted no necesita establecer la paternidad en la corte.
  2. Si usted firma el reconocimiento de paternidad (“acknowledgement of paternity,” en inglés) después que su hijo haya nacido, usted ha establecido la paternidad. El reconocimiento de paternidad es un formulario que usted firma, normalmente en el hospital, afirmando que usted sea el padre.
  3. Si usted solicita una petición de paternidad en la Corte de Familia y obtiene una orden de filiación (“order of filiation,” en inglés) de un juez, usted ha establecido la paternidad.

¿Por qué necesito establecer paternidad?

Cuando la paternidad se establece, un padre tiene los mismos derechos que una madre – incluyendo el derecho de solicitar una petición para custodia y visitas. Para más información sobre casos de custodia o visitas, por favor vea la guía de Family Legal Care, “Custodia y Visita.”

Si la paternidad no se ha establecido, un padre no tiene los mismos derechos que una madre. Dependiendo de la situación, algunos padres que no hayan establecido la paternidad tienen algunos derechos. Estos padres a veces se llaman padres putativos, solteros, no-matrimoniales, o de aviso (“putative, unwed, non-marital o notice fathers,” en inglés).

En esta guía, estos padres se llamarán padres de aviso (“notice fathers,” en inglés).

¿Cómo me vuelvo un padre de aviso?

  • Si su nombre está en el partido de nacimiento (Esto NO es suficiente para establecer la paternidad.); o
  • Si usted está viviendo abiertamente con su hijo y la madre de su hijo y está afirmándose como el padre; o
  • Si usted estaba casado con la madre de su hijo y se divorciaron no más de seis meses antes de que naciera su hijo; o
  • Si usted se registró con el Registro de Padres Putativos (“Putative Father Registry,” en inglés). Lea debajo para más información sobre el Registro.

¿Qué significa ser un padre de aviso?

Ser un padre de aviso significa que usted tiene el derecho de recibir aviso cuando existan ciertos tipos de casos en la Corte de Familia en que estén involucrados sus hijos, incluyendo cuidado de crianzaterminación de los derechos de padre y adopción (“foster care, termination of parental rights y adoption,” en inglés).

Recibir aviso significa ser informado de un caso de una manera escrita, típicamente recibiendo una copia de una petición que se haya solicitado en la corte. Usted debería recibirla por lo menos 20 días antes de la fecha de la corte. Debería contener información sobre la hora, fecha y propósito del caso del cual  le estén informando. Si ACS o una agencia de adopción no puede darle una copia de la petición personalmente, la petición se puede enviar por correo certificado a la última dirección que tienen para usted.

Creo que soy un “Padre de Aviso”, pero no recibí aviso. ¿Qué puedo hacer?

Aunque usted pueda comprobar que la agencia solicitando la petición sabía quién era usted y no le avisó, quizá no haya mucho que usted pueda hacer. Si usted puede cambiar decisiones que se hayan tomado sobre su hijo o no va a depender en parte de las decisiones que ya se hayan tomado. También va a depender del tiempo que haya pasado desde que se tomaron las decisiones.

Creo que soy un padre de aviso, pero no recibí aviso cuando se estaban terminando los derechos de la madre. ¿Por qué no?

Hay algunas razones por las cuales no le hayan avisado. Aquí están algunas de esas razones:
  • La corte no sabía dónde estaba usted
  • La corte quizá no sabía quién era usted porque su nombre no aparece en el partido de nacimiento
  • La corte quizá no sabía quién era usted porque la madre nunca lo identificó
  • La corte quizá no sabía quién era usted porque no se registró con el Registro de Padres Putativos (vea debajo para más información sobre el Registro)
  • Le avisaron cuando su hijo entró a cuidado de crianza pero usted no fue a la corte en ese momento

¿Qué puedo hacer si recibo aviso de que se estén terminando los derechos de la madre?

El propósito de notificarle es que usted le pueda dar información a la corte sobre qué está en el mejor interés del hijo. Cuando le notifican que ACS ha solicitado una petición para terminar los derechos de la madre, usted le puede dar información al juez durante la segunda parte de la audiencia, llamada la etapa de disposición (“dispositional phase,” en inglés). La etapa de disposición es la parte del caso en cual el juez decide lo que le va a pasar a su hijo. Durante esta parte del caso usted puede pedirle a la corte que le otorguen la custodia del hijo a usted. Para poder hacer esto, usted primero tiene que solicitar una petición para paternidad y conseguir una orden de filiación de la corte. Si usted tiene una orden de filiación, esto significa que usted ya ha establecido la paternidad.

¿Cuáles son mis derechos como “Padre de Aviso” cuando se trata de la adopción de mi hijo?

Usted tiene el derecho de ser notificado si el hijo está siendo puesto para adopción. Si le notifican que su hijo ha sido puesto para adopción, usted puede ofrecer información sobre qué está en el mejor interés del hijo. El juez mirará a muchas cosas cuando averigua esto.

¿Y si soy un “Padre de Aviso” quien siempre ha estado pendiente del hijo y he recibido aviso de que mi hijo ha sido puesto para adopción?

Si su hijo es mayor de seis meses usted quizá podrá vetar, o parar, la adopción si le puede comprobar a la corte que:

  • Usted ha manteniendo a su hijo
  • Usted ha visitado a su hijo por lo menos mensualmente o, si usted no ha podido visitarlo o le han evitado que lo visite, se ha comunicado regularmente con su hijo o la persona o agencia que tiene la custodia legal de su hijo.

Usted quizá tendrá el derecho de vetar una adopción si usted ha vivido abiertamente con su hijo y la madre de su hijo por lo menos seis meses durante el periodo de un año antes de que hayan puesto a su hijo para adopción.

Si su hijo es menor de seis meses, usted quizá podrá vetar la adopción si le puede probar a la corte que:

  • Usted ha vivido abiertamente con su hijo o la madre de su hijo por un periodo continuo de por lo menos seis meses justo antes de que hayan puesto a su hijo para adopción y se ha afirmado como el padre.
  • Usted ha pagado una cantidad considerable para los gastos médicos, del hospital o de enfermería para el embarazo de la madre y el nacimiento de su hijo.

¿Qué es el Registro de Padres Putativos (“Putative Father Registry,” en inglés)?

El Registro de Padres Putativos es un servicio que un padre de aviso usa para registrar el hecho de que piensa que haya engendrado a un hijo y no está casado con la madre. Poniendo su nombre en el registro no significa que usted esté afirmando que usted sea el padre de un hijo. Poniendo su nombre en el registro es una manera de asegurarse de que usted pueda recibir aviso de los tipos de casos que se discuten arriba.

¿Cómo me registro con el Registro de Padres Putativos?

Para registrarse, puede comunicarse con los Servicios de Adopción del Estado de New York (“New York State Adoption Services,” en inglés) para recibir un formulario:

52 Washington Street
Room 323 North
Rensselaer, NY 12144
(518) 474-9406 o (800) 345-5437

Puede registrarse con el registro antes o después de que nazca el hijo.

¿Qué información tendré que darle al Registro?

Para registrarse, primero necesitará dar su nombre y dirección. También tendrá que dar el nombre del hijo, el sitio de nacimiento, la fecha de nacimiento y el nombre de la madre. Para recibir aviso, usted tendrá que informar a los Servicios de Adopción del Estado de New York de cualquier cambio de dirección.

¿Cuánto cuesta registrarme?

Es gratuito registrarse.

Si me registro, ¿puedo retirarlo?

Sí. Usted puede quitar su nombre del registro en cualquier momento. Si usted quita su nombre será como si su nombre nunca hubiera estado en el registro. Eso significa que usted renuncia todos los derechos que recibió cuando se registró.
Puede considerar retirar su nombre si usted ya no cree que es el padre del hijo o/y usted no quiere que le avisen de los tipos de casos que se discuten arriba.

¿Por qué debería registrarme?

El propósito del Registro de Padres Putativos es ayudar a proteger los derechos de padres que no hayan establecido la paternidad.

¿Tendré que pagar manutención si me registro?

No. Sólo los padres legales necesitan pagar manutención. Poniendo su nombre en el Registro no lo hace un padre legal.

¿Y si la madre vive en otro estado?

Registrándose con el Registro del Estado de New York sólo asegurará que usted reciba aviso de casos involucrando a la madre y el hijo en el estado de New York. Otros estados tienen sus propios Registros de Padres Putativos. Usted quizá podrá registrarse con uno en el estado donde viva la madre.

Este documento no debe reemplazar una consulta con un abogado. Family Legal Care sugiere que todas las personas involucradas en un caso en la Corte de Familia o en la Corte Criminal consulten con un abogado.

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