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Conceptos básicos del tribunal de familia para padres que estuvieron previamente encarcelados

Esta guía responde preguntas que un padre que estuvo previamente encarcelado puede tener sobre paternidad, manutención infantil, custodia y visitas. La información está escrita para padres que no tienen la custodia, pero también es útil para los cuidadores con custodia.

¿Qué es la paternidad?

Paternidad es la condición jurídica de ser padre. Estableciendo la paternidad significa probar que alguien es el padre legal de un niño.

¿Por qué necesito establecer la paternidad?

Cuando se establece la paternidad, el padre tiene los mismos derechos y responsabilidades que la madre:

  • Puede presentar peticiones de custodia o visitas;
  • Se le debe informar cada vez que haya un caso de custodia, visitas, adopción, abuso o negligencia sobre su hijo;
  • Se le puede ordenar que pague manutención si no vive con el niño; y
  • Su hijo puede recibir Seguro Social, beneficios de compensación laboral o una herencia si el padre fallece o queda discapacitado.

¿Cómo puedo establecer la paternidad?

Hay tres formas de establecer la paternidad:

  1. Si los padres están casados en el momento en que nace el niño, ambos se consideran automáticamente padres legales. No es necesario establecer la paternidad en el tribunal.
  2. Si el padre firma un reconocimiento de paternidad después del nacimiento del niño, ha establecido la paternidad. El reconocimiento de paternidad es un formulario que firman los padres solteros diciendo quién es el padre del niño. Los padres suelen firmar el formulario en el hospital cuando nace el niño.
  3. Puede presentar una petición por paternidad en el Tribunal de Familia. Una petición es una solicitud por escrito. Ambos padres comparecen ante un juez o magistrado. Los padres pueden acordar que la persona presente sea el padre. Si los padres no están de acuerdo, el juez podrá ordenar una prueba de ADN. Si la prueba de ADN arroja un resultado positivo de al menos 95%, el tribunal entrará en una orden de filiación. Una orden de filiación es un documento oficial que declara que una persona es padre de un hijo.

Para más información sobre paternidad, consulte la guía de Atención Legal Familiar “Paternidad y Paternidad.”

¿Por qué me ordenaron pagar manutención infantil mientras estaba encarcelado?

Según la ley de Nueva York, los padres deben mantener a sus hijos hasta los 21 años. Una vez que alguien inicia un caso de manutención infantil en su contra, el tribunal generalmente le ordenará pagar al menos $25 por mes en manutención infantil. Esto es cierto incluso si está encarcelado y no tiene ingresos. Un caso de manutención infantil puede comenzar porque el custodia cuidador recibe beneficios de asistencia pública para su hijo. El cuidador custodio es la persona que vive con el niño la mayor parte del tiempo. El cuidador con custodia puede ser uno de los padres, un pariente como un abuelo u otra persona.

El estado está obligado a iniciar un caso de manutención infantil contra cualquier padre sin custodia que no está incluido en la carta de presupuesto de asistencia pública. Un padre sin custodia es un padre que no vive principalmente con el niño. El Departamento de Servicios Sociales (DSS) inicia el caso automáticamente, incluso si el padre que no tiene la custodia está encarcelado. En la ciudad de Nueva York, al DSS también se le llama Administración de Recursos Humanos o HRA.

¿Alguien puede iniciar un caso de manutención infantil en mi contra sin que yo lo sepa?

No. Las personas encarceladas todavía tienen derechos ante los tribunales. Un derecho importante es el derecho a ser servido. Recibir la notificación significa recibir una copia de los documentos judiciales para que sepa que se presentó un caso en su contra. El tribunal tiene reglas estrictas sobre cómo entregar los documentos judiciales. Se le debe notificar cada vez que haya un caso en el Tribunal de Familia sobre usted o su hijo. Esto es cierto incluso cuando estás encarcelado. Para más información consulte la guía de Atención Jurídica Familiar “Entrega de documentos judiciales.”

Las personas que están encarceladas también tienen derecho a comparecer ante el tribunal para sus casos. Puede pedirle al tribunal que comparezca por teléfono o por video. Para ello, deberá llenar un formulario llamado “Solicitud de Testimonio Electrónico y Renuncia de Comparecencia Personal”.

¿Qué pasa si no recibí la notificación o no pude ir a la corte porque estuve encarcelado?

Si no compareció ante el tribunal, es posible que el tribunal haya iniciado una juicio por defecto. Una sentencia en rebeldía es una orden que se emite cuando alguien no se presenta al tribunal. En los casos de manutención de los hijos, la sentencia en rebeldía es una orden de manutención de los hijos contra el padre que no tiene la custodia. La orden se basa en la información que el cuidador custodio proporcionó al tribunal.

Para saber si existe una sentencia en rebeldía en su contra, puede ir a la sala de registros del Tribunal de Familia. Trae tu DNI. Puede obtener una copia de la orden judicial y otra información sobre lo sucedido en el caso.

¿Qué puedo hacer si tengo una orden predeterminada de manutención infantil?

Puede presentar una moción para desalojar el orden predeterminado. Esta es una solicitud por escrito solicitando al tribunal que cancele la orden. Esta moción también debe tener un declaración jurada. Una declaración jurada es una declaración jurada escrita. Debe estar firmado y notariado. En la declaración jurada, puede explicar por qué faltó a la corte. También puede explicar en qué habría sido diferente el orden si usted hubiera estado allí para dar información sobre sus ingresos. Debe presentar la moción en el mismo Tribunal de Familia que emitió la orden en rebeldía. Comuníquese con ese tribunal para obtener los formularios e instrucciones.

En su fecha de audiencia, debe probar lo que está en su moción y declaración jurada. El tribunal decidirá si vuelve a poner el caso en el calendario. También traiga comprobantes de sus ingresos y gastos. El tribunal necesita esta información para emitir una orden de manutención infantil precisa.

¿La manutención de los hijos cesa automáticamente cuando un padre es encarcelado?

No. Si el tribunal le ordenó pagar manutención de los hijos, la orden NO cesa automáticamente cuando usted es encarcelado. Si desea modificar o cambiar la orden de manutención infantil, puede presentar una petición de modificación a la baja. Esta es una solicitud por escrito pidiendo al tribunal que reduzca el monto de manutención de los hijos que usted paga. Generalmente puede presentar la petición en el mismo Tribunal de Familia que emitió la orden. Para obtener más información, consulte la guía de Family Legal Care “Modificación de su orden de manutención infantil.”

¿Podría recibir pena de cárcel por no pagar la manutención de los hijos?

Tal vez. El tribunal podría ordenarle ir a prisión por hasta seis meses o ponerlo en libertad condicional si determina que violado intencionalmente la orden de manutención. Violar intencionalmente una orden de manutención significa no seguir la orden a propósito. Por ejemplo, el tribunal puede encontrar una violación intencional si usted tenía suficiente dinero para pagar la manutención de los hijos pero decidió no pagar. O bien, el tribunal puede encontrar una infracción intencional si usted puede trabajar pero no intentó encontrar trabajo. El tribunal debe tener un audiencia de intencionalidad para saber por qué no pagó la manutención de los hijos.

Tiene derecho a un abogado para la audiencia de intencionalidad. Si no puede pagar un abogado, el tribunal puede nombrarle o asignarle uno de forma gratuita.

¿Qué pasa si no pagué manutención infantil mientras estuve encarcelado?

Una vez que haya una orden judicial de manutención de los hijos, usted es responsable de pagar. Esto es cierto incluso si está encarcelado. Si no pagaste, es posible que tengas atrasos. Los atrasos son pagos de manutención infantil impagos. Si debe atrasos, el tribunal puede agregar una cantidad fija a su pago actual de manutención infantil hasta que pague el dinero que debe. Por lo general, los atrasos no desaparecen hasta que se liquidan, incluso después de que su hijo cumpla 21 años. Los atrasos no desaparecen con la quiebra y pueden afectar su crédito.

En la ciudad de Nueva York, el Oficina de Servicios de Manutención Infantil (OCSS) es la agencia gubernamental que recauda y hace cumplir las órdenes de manutención infantil. En otras partes del estado de Nueva York, esta agencia puede denominarse Unidad de Recaudación de Manutención (SCU) o el Unidad de cumplimiento de manutención infantil (CSEU). Esta agencia puede tomar ciertas acciones en su contra si tiene atrasos. Por ejemplo, pueden:

  • Tome su reembolso de impuestos estatales o federales;
  • Suspender su licencia de conducir;
  • Congele su cuenta bancaria y retire dinero de ella;
  • Impedirle obtener un nuevo pasaporte o renovarlo si vence; o
  • Informarlo a las agencias de crédito, lo que puede afectar su puntaje crediticio.

El cuidador custodio también puede presentar una petición de violación contra usted en el Tribunal de Familia. Una petición de infracción le permite al tribunal saber que usted no pagó parte o la totalidad de la manutención de los hijos. El tribunal puede emitir una juicio de dinero. Esta es una orden judicial que indica cuánto debe. Hasta que se pague la sentencia monetaria, sus atrasos acumulan intereses de 9% por año. El cuidador con custodia puede utilizar la sentencia monetaria para tomar sus activos, imponer gravámenes sobre su propiedad o suspender sus licencias comerciales o profesionales.

¿Qué puedo hacer para reducir los atrasos en la manutención de mis hijos?

Esto depende de a quién se le deben los atrasos.

  • Si le debe atrasos al cuidador con custodia, solo el cuidador con custodia puede perdonar estos atrasos. Esto es cierto incluso si los pagos se realizan a través de OCSS o SCU. Si el cuidador custodio acepta perdonar los atrasos, aún así deberá acudir a los tribunales. Ambos deben aceptar esto frente al magistrado de manutención.
  • Si usted debe atrasos al Departamento de Servicios Sociales (DSS) En la ciudad de Nueva York, puede calificar para uno de los programas de condonación de atrasos que ofrece la OCSS. Es posible que deba atrasos al DSS de la ciudad de Nueva York si el cuidador con custodia vive allí y recibe asistencia pública para su hijo. Más información sobre los programas está a continuación.

¿Cómo solicito uno de los programas de condonación de atrasos de la OCSS?

Si el cuidador con custodia de su hijo recibe asistencia pública en la ciudad de Nueva York, puede ir a la oficina principal de la OCSS. La oficina principal está en 151 West Broadway en el centro de Manhattan. La OCSS le dirá si califica para uno de los programas y cómo presentar la solicitud. También puede llamar a la Línea de ayuda de manutención infantil de Nueva York al 1-888-208-4485 para obtener más información.

Mi hijo no vive en la ciudad de Nueva York. ¿Aún puedo solicitar la condonación de atrasos?

Es posible que deba atrasos a la agencia de asistencia pública del condado o estado de su hijo. Comuníquese con esa agencia para ver si ofrecen programas de condonación de atrasos.

¿Qué programas de condonación de atrasos ofrece la OCSS?

OCSS ofrece varios programas de condonación de atrasos. Estos programas son para padres sin custodia que adeudan pagos atrasados al DSS en la ciudad de Nueva York.

Límite de atrasos puede reducir sus atrasos a tan solo $500. Puede reducir los atrasos que se acumularon mientras estuvo encarcelado. También puede reducir sus atrasos si sus ingresos estaban por debajo del umbral federal de pobreza. Debe presentar prueba de encarcelamiento y/o prueba de sus ingresos para los períodos en los que solicita la condonación de atrasos. Puede comprobar sus ingresos proporcionando al menos uno de los siguientes:

  • Prueba de las fechas de su encarcelamiento;
  • Declaraciones de impuestos estatales y federales;
  • Talones de pago; o
  • Comprobante de asistencia en efectivo, cupones de alimentos, Medicaid y/o SSI.

Crédito por atrasos requiere que usted firme un acuerdo para pagar su orden de manutención infantil en su totalidad cada mes durante 12 meses. Si lo hace, la OCSS le otorgará un crédito equivalente a su saldo atrasado, hasta $5,000. Por ejemplo, digamos que su orden de manutención infantil es $100 por mes. Si lo pagas completo durante 12 meses, habrás pagado un total de $1.200. Luego, la OCSS le otorgará un crédito equivalente de $1200 para cubrir sus atrasos. Debes registrarte en este programa. OCSS no iguala los pagos automáticamente. Puedes participar en este programa hasta por tres años.

Saldarla es un programa de condonación de atrasos por tiempo limitado. La OCSS normalmente ofrece este programa algunas semanas al año. Cuando se produce Pay It Off, puede realizar un pago global grande, generalmente $200 o más. OCSS igualará su pago dólar por dólar. Por ejemplo, si paga $500, OCSS le dará un crédito equivalente de $500. Esto reducirá sus atrasos en un total de $1.000. Llame a la línea de ayuda de Family Legal Care al 212-343-1122 o visite una oficina de la OCSS para saber cuándo se ofrece Pay It Off.

¿Cómo puedo reducir mi orden de manutención infantil?

El tribunal no reducirá automáticamente la manutención de sus hijos. Si sus ingresos bajan o tiene un cambio de circunstancias, es su responsabilidad presentar una petición de modificación a la baja en el Juzgado de Familia. Esta es una solicitud por escrito solicitando al tribunal que reduzca sus pagos de manutención infantil.

Modificar su orden de manutención infantil no reducirá los atrasos acumulados antes de presentar la petición. El tribunal sólo puede reducir la manutención de los hijos a partir de la fecha en que presentó la petición de modificación.

Para obtener más información, consulte la guía de Family Legal Care “Modificación de su orden de manutención infantil.”

¿A dónde puedo acudir si tengo dificultades para encontrar trabajo?

Si su caso de manutención infantil es en la ciudad de Nueva York, el tribunal puede remitirlo a un programa gratuito llamado PASO. Esto significa el Programa de Apoyo a través del Empleo. También puede inscribirse en STEP por su cuenta hablando con el personal de manutención infantil del Tribunal de Familia más cercano a usted. PASO puede:

  • brindarle capacitación laboral;
  • ayudarle a redactar un currículum;
  • prepararte para entrevistas de trabajo;
  • conectarlo con empleadores; o
  • prepararlo para tomar un examen de equivalencia de escuela secundaria (también llamado GED o HSE/TASC).

Si el juzgado te remite a las PASO, es importante que vayas. STEP le informará al tribunal si ha asistido al programa.

Algunas organizaciones también ayudan a personas que estuvieron previamente encarceladas a encontrar trabajo. Si vive en la ciudad de Nueva York, llame al 311. Pregunte por los “Servicios de liberación de cárcel”. O visitar www.NYC.gov para más información.

Si no tengo trabajo, ¿cuánta manutención tendré que pagar?

Esto depende de por qué no tienes trabajo. Si no puede trabajar porque tiene una discapacidad, debe mostrar prueba de su discapacidad. Algunos ejemplos podrían ser una carta de concesión del Seguro de Incapacidad del Seguro Social (SSDI) o registros médicos certificados. El tribunal decidirá si usted presentó pruebas suficientes. Si es así, el tribunal puede calcular la manutención de los hijos en función de los ingresos que usted tenga. Ejemplos de ingresos son los beneficios por incapacidad y los beneficios para veteranos. El Ingreso de Seguridad Suplementario, o SSI, no cuenta como ingreso en los cálculos de manutención infantil. Si sus ingresos están por debajo del umbral federal de pobreza, puede solicitar al tribunal que fije la manutención infantil en $25 por mes. También puede pedirle al tribunal que limite sus atrasos a $500.

Si no puede encontrar trabajo por algún otro motivo, el tribunal puede ordenarle que pague manutención de los hijos en función de sus ingresos si estuviera trabajando. Se llama imputar ingresos. Para imputar sus ingresos, el tribunal puede considerar:

  • Lo que ganaste en el pasado;
  • El salario mínimo donde vive;
  • Su educación o habilidades; y
  • Cualquier otra información que el tribunal considere importante.

Si tiene problemas para encontrar trabajo debido a su condena penal, el tribunal aún puede imputar sus ingresos hasta que encuentre trabajo.

Si el tribunal no tiene suficiente información para imputar sus ingresos, el tribunal podría basar la orden en las necesidades de su hijo. El tribunal analiza los gastos del cuidador con custodia para determinar las necesidades del niño.

El tribunal puede pedirle que presente un diario de búsqueda de empleo. Para hacer un diario de búsqueda de empleo, anote cada trabajo que solicite, la fecha en que presentó su solicitud y lo que sucedió con su solicitud. Esto ayuda al tribunal a ver que usted está solicitando empleo y tratando de encontrar trabajo.

¿Qué pasa si trabajo “fuera de los libros”?

Si trabaja “fuera de los libros” o no recibe cheques de pago regulares, el tribunal puede basar sus ingresos en uno de los siguientes:

  • Lo que gana actualmente;
  • Lo que ganaste en el pasado;
  • Lo que el tribunal cree que usted podría ganar; o
  • El nivel de vida en su hogar.

La cantidad que decide el tribunal se llama ingreso imputado. El tribunal utiliza esto ingreso imputado para decidir cuánto pagará la manutención de los hijos.

El tribunal puede pedirle que lleve un diario de trabajos ocasionales. en un diario de trabajos ocasionales, realiza un seguimiento de todos los trabajos ocasionales que realiza y de lo que le pagan.

Alguien más tomó la custodia de mi hijo mientras yo estaba encarcelado. ¿Todavía tengo derechos de paternidad?

Los derechos de los padres sobre sus hijos no terminan automáticamente debido al encarcelamiento. Sólo hay dos formas de rescindir los derechos de los padres:

  • Voluntariamente: Un padre puede aceptar renunciar o renunciar a sus derechos de paternidad si otra persona quiere adoptar a su hijo. Generalmente, ambos padres biológicos deben estar de acuerdo con la adopción.
  • Involuntariamente: Una agencia de bienestar infantil o una agencia de cuidado de crianza puede presentar una petición para rescindir la patria potestad si cree que un padre ha abusado o descuidado a su hijo. Un juez decidirá si se ponen fin a los derechos de los padres. La agencia de bienestar infantil de la ciudad de Nueva York se llama Administración de Servicios para Niños (ACS). Otras partes de Nueva York tienen Servicios de Protección Infantil (CPS).

Siempre que no se hayan terminado sus derechos de paternidad, puede solicitar nuevamente al tribunal la custodia o las visitas.

¿Cómo solicito la custodia de mi hijo?

Si otra persona tiene una orden judicial para la custodia o tutela de su hijo, puede presentar una petición de modificación para recuperar la custodia. Debe demostrarle al tribunal que la situación ha cambiado de alguna manera desde que se emitió la última orden. Esto se llama un cambio de circunstancias.

También debe demostrar que estaría en el poder de su hijo. mejores intereses para que tengas la custodia ahora. Esto significa que el tribunal analiza varios factores para decidir qué es lo mejor para su hijo. Los factores incluyen quién tiene el hogar más seguro y estable, quién ha estado cuidando al niño y, posiblemente, qué quiere el niño. Para obtener más información sobre la custodia, consulte la guía de Family Legal Care “Conceptos básicos sobre custodia y visitas”.

Si su hijo vive con otra persona pero esa persona no tiene una orden judicial de custodia o tutela, esa persona puede devolverle la custodia en cualquier momento. No es necesario acudir a los tribunales. Si no aceptan darle la custodia, puede presentar una petición de custodia en el Tribunal de Familia.

Hace mucho que no veo a mi hijo, pero quiero estar en su vida. ¿Qué puedo hacer?

Puede presentar una petición de custodia o visitas. Generalmente, debe presentar la solicitud en el condado donde su hijo ha vivido durante los últimos seis meses. El tribunal puede considerar cuánto tiempo han estado separados usted y su hijo, cómo las visitas afectarían a su hijo y qué quiere su hijo. El tribunal podría comenzar concediendo una pequeña cantidad de visitas en un lugar donde su hijo se sienta seguro y cómodo.

¿Mi condena afectará mi caso de custodia o visitas?

Tal vez. El tribunal decide la custodia y las visitas basándose en el interés superior del niño. El tribunal debe considerar la condena de uno de los padres por violencia doméstica como un factor en beneficio del interés superior del niño. El juez decidirá cómo otros tipos de condenas afectan la decisión.

El tribunal podría no permitir que un padre visite a un niño si hay evidencia que las visitas pondrían al niño en peligro. La evidencia es información presentada al tribunal para probar un caso. Ejemplos de cosas que el tribunal podría considerar peligrosas son una condena anterior por un delito violento o un historial de abuso infantil.

El tribunal puede ordenar visita supervisada si considera que la supervisión haría que el niño estuviera más seguro o más cómodo. Las visitas supervisadas significan que alguien más está allí para observar mientras los padres y el niño visitan. Esto puede ser en una agencia, con un terapeuta o con otra persona con la que ambas partes estén de acuerdo. Para obtener más información sobre custodia y visitas, consulte la guía de Atención Legal Familiar “Conceptos básicos de custodia y visitas.”

¿Puedo obtener custodia o visitas si hay una orden de protección en mi contra?

Depende de qué tribunal emitió la orden de protección y de lo que dice la orden de protección.

  • Si la orden de protección es del Tribunal Penal e incluye a su hijo: Algunas órdenes de protección del Tribunal Penal tienen una excepción que permite a los padres solicitar visitas en el Tribunal de Familia. Debe solicitar al juez del Tribunal Penal que incluya la excepción. No puede visitar a su hijo hasta que obtenga una orden de visitas del Tribunal de Familia.
  • Si la orden de protección es del Tribunal de Familia e incluye a su hijo: Puede presentar una petición de visitas en el Tribunal de Familia. Generalmente el mismo juez que emitió la orden de protección decidirá también las visitas. El juez puede crear una excepción en la orden de protección para permitirle visitar a su hijo. El juez determinará qué es lo mejor para su hijo al decidir si permite las visitas. No puede visitar a su hijo hasta que obtenga una orden de visitas.
  • Si el cuidador con custodia tiene una orden de protección en su contra, pero no incluye a su hijo: Es posible que aún pueda ver a su hijo. Sin embargo, debes seguir las reglas del orden de protección. Es posible que deba presentar una petición de visitas en el Tribunal de Familia. El juez puede indicarle cómo visitar a su hijo sin violar la orden de protección. Por ejemplo, el juez podría ordenar que las recogidas y entregas se realicen en una comisaría de policía u otro lugar público. O el juez podría decir que usted puede hablar con el cuidador con custodia de su hijo sobre las visitas pero no sobre cualquier otra cosa.

¿Puedo obtener custodia o visitas si tuve un caso de ACS o CPS?

Depende de si sus derechos de paternidad fueron cancelados en el caso ACS o CPS. ACS significa Administración de Servicios para Niños. CPS significa Servicios de protección infantil. ACS y CPS manejan casos de abuso y negligencia infantil. Si se terminaron los derechos de un padre, normalmente ese padre no puede recuperar la custodia. Para obtener más información, hable con el abogado que lo representó en el caso o llame a la línea de ayuda de Family Legal Care al 212-343-1122.

Si sus derechos de paternidad no fueron cancelados, puede solicitar la custodia o el régimen de visitas. Tendrá que demostrarle al tribunal por qué lo mejor para su hijo es que usted tenga la custodia o las visitas. El tribunal comprobará si usted realizó cambios después del caso ACS o CPS. Ejemplos de cambios pueden ser asistir a una clase de crianza o de manejo de la ira, encontrar una vivienda estable o recibir tratamiento por uso de sustancias o enfermedades mentales.

No sé dónde está mi hijo. ¿Aún puedo obtener la custodia o las visitas?

Tal vez. Primero, debe averiguar dónde vive su hijo. Esto es para que usted pueda decidir a qué tribunal acudir. En general, debe solicitar la custodia o las visitas en el condado donde su hijo ha vivido durante los últimos seis meses.

También necesitas atender Entregue los documentos judiciales al cuidador con custodia de su hijo. Servir significa tener a alguien que dé la demandado los documentos judiciales. El demandado es la persona que está al otro lado de un caso judicial. En los casos de custodia y visitas, los documentos judiciales deben entregarse directamente al demandado. Se llama servicio personal.

Es su responsabilidad encontrar al demandado. El tribunal no puede ayudarle a encontrar a alguien. El tribunal tampoco puede tomar ninguna decisión sobre la custodia o las visitas hasta que usted entregue la notificación al demandado. Para obtener más información sobre el servicio, consulte la guía de Atención Legal Familiar “Entrega de documentos judiciales.”

No puedo permitirme pagar la manutención de los hijos en este momento. ¿Aún puedo recibir visitas?

Sí. La manutención de los hijos y las visitas son separadas. Aún puede obtener visitas incluso si no paga manutención de los hijos. Si ya tiene una orden judicial de visitas, el cuidador de su hijo debe cumplirla. Esto es cierto ya sea que pague o no manutención de los hijos. Si no tiene una orden judicial de visitas, puede presentar una petición de visitas en el Tribunal de Familia. Ver guía de Atención Jurídica Familiar “Conceptos básicos de custodia y visitas" para más información.

¿A dónde puedo acudir para obtener ayuda para resolver problemas de custodia, visitas o manutención infantil si quiero evitar los tribunales?

Mediación es una forma de resolver disputas sin acudir a los tribunales. Algunas organizaciones ofrecen mediación gratuita para la custodia, las visitas y la manutención de los hijos. En la mediación, usted y el otro padre o cuidador se reúnen con una persona neutral y capacitada. Esa persona os ayuda a hablar de vuestros desacuerdos y a encontrar soluciones juntos. La mediación le brinda la oportunidad de discutir todos los asuntos que afectan a su hijo, no sólo los legales. Aunque el mediador guía su discusión, no le dice qué hacer como lo haría un juez. Tampoco pueden darte consejos. Usted y la otra parte toman todas las decisiones.

Si llegan a un acuerdo, pueden presentarlo ante el Juzgado de Familia. Un juez puede convertir el acuerdo en una orden judicial. Esto significa que todos los que firmaron el acuerdo deben cumplirlo. Este proceso es mucho más rápido y sencillo que un caso judicial normal.

La mediación puede no ser una buena opción si hay antecedentes de violencia doméstica entre las partes. Es posible que algunos mediadores no brinden servicios si hubo violencia doméstica. Además, la mediación es voluntaria y confidencial. No tienes que ir si no quieres. Aún puede iniciar un caso en el Tribunal de Familia si la mediación no funciona.

Recursos adicionales

Administración de Servicios para Niños (ACS)

Oficina principal
150 William Street Nueva York, NY 10038 212-341-0900 (fuera de Nueva York: 1-877-543-7692)

Oficina de Defensa
Proporciona información sobre los derechos y responsabilidades de los padres y los niños y ayuda con inquietudes sobre los servicios de ACS.
212-676-9421

Manutención de los hijos

Línea de ayuda de manutención infantil del estado de Nueva York
1-888-208-4485 (TTY: 1-866-875-9975)

Oficina de Servicios de Manutención Infantil (OCSS) (NUEVA YORK)
Centro de atención al cliente sin cita previa
151 Oeste de Broadway, 4to piso
Nueva York, Nueva York 10013

Asesoramiento y apoyo a la salud mental

Nueva York bien

Ofrece una línea directa gratuita las 24 horas para apoyo y referencias de salud mental: 1-888-692-9355 (NYC-WELL) O puede buscar servicios en línea: nycwell.cityofnewyork.us/en/find-services/

Servicios de reingreso

La sociedad de la fortuna
Ofrece una variedad de servicios a personas con antecedentes de encarcelamiento para apoyar el reingreso de la prisión. Los servicios incluyen vivienda, servicios de empleo, educación, servicios familiares, alternativas al encarcelamiento, tratamiento de salud mental, tratamiento por abuso de sustancias, servicios de salud, acceso a beneficios, alimentación y nutrición, y artes creativas.
212-691-7554, www.fortunesociety.org

Hora Niños
Brinda servicios a mujeres encarceladas actualmente y anteriormente y a sus familias. Los servicios incluyen vivienda, cuidado infantil, educación, empleo y servicios financieros.
718-433-4724, www.hourchildren.org

La Asociación Osborne
Ofrece una amplia gama de servicios para personas involucradas en el sistema de justicia penal, incluidas personas actualmente y anteriormente encarceladas, sus hijos y familiares. También ofrece una línea directa de reingreso gratuita.
1-833-672-3733, www.osborneny.org

Brooklyn:
175 calle Remsen, suite 800, 718-637-6560

El Bronx:
809 Avenida Westchester, 718-707-2600

manhattan:
090 bulevar Adam Clayton Powell Jr., 212-324-5577

Asociación penitenciaria de mujeres
Ofrece servicios a mujeres en todas las etapas de la participación en la justicia penal, incluidos los servicios de reinserción. Los servicios de reingreso incluyen asistencia de emergencia, servicios de empleo, servicios de salud y salud mental, servicios legales y servicios de vivienda.
646-292-7740, www.wpaonline.org

Para obtener recursos adicionales, también puede llamar al 311 si vive en la ciudad de Nueva York. Pregunte por “Servicios de liberación de cárcel”. O visitar www.NYC.gov para más información.

Mediación

A continuación se muestran algunos recursos de mediación gratuitos o de bajo costo en la ciudad de Nueva York:

Instituto de la Paz de Nueva York
www.nypeace.org

Brooklyn:
210 Calle Joralemon, Suite 618, 718-834-6671

manhattan:
111 John Street, Suite 600, 212-577-1740

Instituto de Mediación y Resolución de Conflictos (El Bronx)
718-585-1190, 384 East 149th Street, Suite 330
www.imcr.org

Servicios de mediación comunitaria (Reinas)
718-523-6868, 89-64 calle 163, Jamaica
www.mediatenyc.org 

Centro de Nueva York para el Desarrollo Interpersonal (Isla de los Estados)
718-815-4557, 130 Stuyvesant Place, quinto piso
www.nycid.org 

Servicios de violencia doméstica y violencia de pareja

Si sufre violencia doméstica o le preocupa su seguridad, busque ayuda de inmediato. También puede llamar a la línea directa gratuita de violencia doméstica de Safe Horizon las 24 horas para la ciudad de Nueva York: 800-621-4673 (HOPE)

Centros de justicia familiar

Ofrece centros de servicios gratuitos y confidenciales para sobrevivientes de violencia de pareja, abuso de personas mayores y tráfico sexual. La ayuda está disponible en todos los idiomas, independientemente del estado migratorio de una persona.

Centro de Justicia Familiar de Brooklyn
350 Calle Jay, 718-250-5111

Centro de Justicia Familiar del Bronx
198 Este de la calle 161, segundo piso, 718-508-1220

Centro de Justicia Familiar de Manhattan
80 calle central, 212-602-2800

Centro de justicia familiar de Queens
126-02 Avenida 82, 718-575-4545

Centro de Justicia Familiar de Staten Island
126 Lugar Stuyvesant, 718-697-430

Santuario para familias
Proporciona servicios legales y de asesoramiento gratuitos y confidenciales, refugio y apoyo para el empoderamiento económico a adultos y niños sobrevivientes de violencia doméstica, trata y formas relacionadas de violencia de género.
212-349-6009, www.sanctuaryforfamilies.org

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